Armonizan código Municipal con Civil respecto a la edad para contraer matrimonio
Durante el Decimoquinto Periodo Extraordinario de Sesiones, los diputados que integran la Sexagésima Quinta Legislatura, aprobaron derogar del artículo 63, la fracción IX, del Código Municipal para el Estado de Chihuahua, a efecto de armonizarlo a las reformas realizadas al Código Civil del Estado, respecto a la edad para contraer matrimonio.
El Diputado Gustavo Alfaro, expuso en tribuna que, el año pasado se dictaminó el Decreto, en donde se reformaron diversas disposiciones del Código Civil del Estado de Chihuahua, a fin de homologar la edad mínima para contraer matrimonio, donde sólo las personas mayores de 18 años podrán casarse, y para las menores de esta edad, no existe algún mecanismo jurídico que lo permita.
La atribución que dispensa la edad para contraer matrimonio, otorgada al Secretario del Ayuntamiento en el artículo 63, fracción IX, del Código Municipal para el Estado de Chihuahua, no tiene razón de existir.
Este decreto, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.